...

domingo, 26 de abril de 2015

Sistema de Gestión de la Calidad


¿Sistema de Gestión de la Calidad = Garantía de calidad?

Conjunto de procesos, políticas para asegurar que todos los productos y servicios sean de calidad, Un sistema que busca hacer bien las cosas, se fundamenta en poner por escrito todo lo que se planifica.Mejorar procesos dentro de la organización.

Componentes:

- Planificación
- Métodos: Criterios.Procedimientos
- Responsables
- Recursos
- Normativa

Objetivos

  • Identificar las necesidades y expectativas de los clientes
  • Políticas de calidad organizacional
  • Buscar una no conformidad del acto medico

Ventajas: Mayor oportunidad de negocios, mejora continua

Principios de la Gestión de la Calidad

  1. Máxima satisfacción del cliente - Orientado al cliente ¿le has preguntado?
  2. Compromiso de todos, incluida la ALTA dirección
  3. Prevención de errores , antes que se produzcan
  4. Medir, calibrar y trazabilidad; metrología es útil
  5. Aseguramiento - Acciones planificadas, evaluar como se hacen y porque se hacen
  6. Mejora continua - Siempre existe la posibilidad. Es la clave del ÉXITO.
Modelos

Modelos Normativos: ISO 9000, Medio Ambiente , 
Modelos excelencia y calidad: Deming, Malcom, EFQM


sábado, 25 de abril de 2015

MARCO GENERAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD OCUPACIONAL

SERVICIO DE SALUD OCUPACIONAL

Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber.

Albert Einstein.


El documento Técnico "Protocolos de Exámenes Médico Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad" incluye dentro del anexo 6 el  Glosario de Terminología donde se define al Servicio de Salud ocupacional como " las entidades o instituciones legalmente constituidas,profesionales debidamente entrenados en medicina, enfermería, ingeniería de higiene y otros cuyo objetivo común y principal es atender la salud de los trabajadores".

Punto 6.7.4. El médico ocupacional debe estar acompañado, por lo menos, por un ingeniero de higiene y seguridad ocupacional, un profesional de la salud (licenciado en Enfermería o Psicología) o un Ingeniero con especialidad en Seguridad y Salud Ocupacional

Ahora, el perfil del Médico Ocupacional ha cambiado, según la RM 004-2014 , que modifica la RM 312-2011, Artículo N° 2,  menciona los siguientes requisitos:

  • Médico Cirujano colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú, egresado de la Maestría en Salud Ocupacional o Maestría en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, con un mínimo de un (1) año de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional.
  •  Médico Cirujano colegiado y habilitado por el Colegio Médico del Perú con Diplomado en Salud Ocupacional de un mínimo de treinta y seis (36) créditos, expedido por una Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud de una universidad pública o privada; con un mínimo de tres (3) años de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional

 Además el artículo N° 3 a la letra menciona:
  • Adicionalmente a lo establecido en el artículo 2° de la presente Resolución, los profesionales Médicos Cirujanosdeberán aprobar un curso que incluya pruebas funcionales en Salud Ocupacional, con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas, dictado y certificado por una universidad pública o privada con Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud o por el Instituto Nacional de Salud en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental.
Las exigencias normativas están claras.


Punto 6.7.5. El Servicio de Salud Ocupacional deberá contar con un espacio físico adecuado, equipo médico básico y el personal administrativo necesario para la ejecución de sus actividades.



Funciones del servicio de salud Ocupacional

El objetivo primordial es «promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores».
  •  Intervenciones conjuntas de promoción y prevención.
  • Implementación del proceso de Vigilancia de la salud de los trabajadores.
  • Realizar las evaluaciones necesarias para proteger el estado de salud en la población laboral 
  •  Sensibilizar a los directivos, gerentes y/o empleadores de las empresas para que desarrollen el proceso de promoción de la salud en el trabajo.
  • Empoderar a los trabajadores y comités mixtos, a través del conocimiento y la información para controlar y manejar su salud, impulsando la promoción de la salud en el trabajo .
  • Conformación de una organización multisectorial a nivel nacional, regional y local, a la que se le puede denominar mesa de trabajo, comité, comisión u otro.


Conformación del servicio de Salud Ocupacional 


Según Reglamento, deberán contar con profesionales de las cuatro disciplinas y/o especialidades siguientes:

Disponer como mínimo de un profesional que cuente con la calificación necesaria para el desempeño de las funciones de apoyo para realizar las funciones del Nivel Básico y del Nivel Intermedio, por cada una de las especialidades o disciplinas de prevención señaladas en el párrafo anterior, salvo en el caso del Medico Ocupacional donde deberán disponer del apoyo de por lo menos un Licenciado en Enfermería de forma obligatoria y de otros profesionales de la Medicina de forma no obligatoria, de acuerdo a la normatividad vigente de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores, y en función de las características de las empresas cubiertas por el servicio.



A. Medicina del Trabajo
Médico especialista en medicina del trabajo. Dentro de las capacidades y habilidades a poseer, entre otras, destacan: habilidad para administrar un programa médico ocupacional que incluya a todos los trabajadores; poseer cualidades y conocimientos que le permitan asesorar a la dirección de la empresa y a los trabajadores en el campo médico; conocer de los informes médicos por accidentes de trabajo; recomendar acciones sobre incapacidades laborales; supervisar las actividades de sus asistentes médicos, de enfermería y de técnicos ocupacionales; organizar el sitio de trabajo técnica y normativamente para realizar las evaluaciones médicas por riesgos; y, por último, preparar informes y estadística para la gerencia, para los trabajadores y para auditorías internas o legales, según corresponda

B. Enfermería
"La aplicación de los principios de enfermería en la conservación de la salud de los trabajadores en todas las ocupaciones". Tiene un importante rol, tanto en la parte curativa como en la preventiva.

C. Profesionales de Ingeniería ( Seguridad Industrial  e Higiene Industrial):
Tiene un rol esencial para la protección  en el lugar de trabajo, califica el lugar de trabajo al reconocer y valorar los riesgos, propone soluciones para controlarlos. Debe manejar, y adecuar, los estándares de exposición en el ambiente laboral determinados por la legislación. Proporciona al médico ocupacional información fidedigna de los Valores Límite Umbral (TLV) de los tóxicos en el ambiente laboral.

D. Psicólogo:
Evaluaciones de riesgos psicológicos, Evaluaciones Pre y ocupacionales

E. Ergonomistas:
Evaluaciones de los Riesgos ergonómicos, que afectan las aptitudes físicas , fisiológicas y psicológicas

PROCESO DE VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

Es ele proceso de recolección de información y análisis sistemático que abarca todas las evaluaciones necesarias para proteger la salud de los trabajadores , con el objetivo de detectar problemas de salud relacionadas con el trabajo y controlar los factores de riesgos y prevenir los daños a la salud del trabajador, deber ser realizada por el Medico Ocupacional, bajo la responsanilidad del empleador,de acuerdo a ala normatividad vigente del MT.

Tipos de Vigilancia:

a.Exámenes Médico Ocupacionales  ( preocupacionales,periódicos, durante  y los de egreso)

Cualquier examen médico ocupacional sólo podrá llevarse a cabo se se cumplen los siguientes requisitos: 1.Que el trabajador haya prestado su consentimiento, 2. Que el trabajador haya sido informado oportunamente  por el Servicio de Salud Ocupacional sobre la finalidad del examen; 3. Que el examen sea respetuoso d los derechos fundamentales del trabajador.

Para los trabajadores de los sectores de minería y construcción  se impone la realización  los sgtes exámenes complementarios:
  • Pruebas de sensibilidad mucosa

  • Espirometría Basal                         


  • Radiografía de Tórax  Antero-Posterior y Lateral

b. Servicio del Médico ocupacional en los ambientes o centros de Trabajo
c.  Análisis anual de la Información de vigilancia de la Salud de los trabajadores
d. Atención de riesgos , registro y notificación de accidentes de trabajoAnálisis de la ocurrencia de accidentes de trabajo, enfermedades relacionadas al trabajo, y de los estados pre-patogénicos.
e. Administración de los expedientes de Salud. Incluye  una descripción de las tareas  realizadas por cada trabajador, información relativa a la exposición de cada trabajador a riesgos ocupacionales , resultados de todas las evaluaciones médico ocupacionales.
f. Elaboración de un Programa Anual de Salud Ocupacional

¿Qué es el comité de seguridad y salud ocupacional?


COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) DS-N° 005-2012 TR

Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y  la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos.
Objetivos: Informar los resultados del Programa de Seguridad e índices obtenidos durante el periodo, asimismo tomar acuerdos para el tratamiento de los riesgos específicos de cada proyecto.                                       Asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Interno de SST y la normativa nacional de esta forma promover la salud y seguridad en el trabajo.


Autor: Ana Quezada

Fuente: El Servicio de SST - Mauro Ugaz y Sebastián Soltau. Revista de  Facultad de Derecho: PUCP, 2012




martes, 14 de abril de 2015

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Artículos 40 y 41, del DS-005-2012

El comité de seguridad y salud ocupacional es el organismo responsable de promover la salud y seguridad en el trabajo (SST), asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador. 
Este organismo no están facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


a) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para  el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud del empleador à Reglamento Interno, Normas vigentes sobre SST.


b) Aprobar el Reglamento Interno de Seg y salud del empleador.

c) Aprobar el programa anual de SST


d) Conocer y aprobar el Programa anual del SST



e) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación  de las políticas , planes e promoción de SST, de la prevención de accidentes y enfermedades  ocupacionales.




f) Aprobar el plan anual de capacitación  de los trabajadores sobre SST.



g) Promover que todos los nuevos trabajadores  reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.
h) Vigilar  el cumplimiento de la legislación , las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la SST  así como  el reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
i)Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos,instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevenciónde los riesgos en el lugar de trabajo.

j) Promover el compromiso, la colaboración y laparticipación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz,la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

k) Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinariay equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

l) Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos.

m) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentesy la ocurrencia de enfermedades profesionales.

n) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de losincidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador.

p) Colaborar con los servicios médicos y de primerosauxilios.

q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajoy la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador.

r) Reportar a la máxima autoridad del empleador lasiguiente información:
r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, demanera inmediata.
r.2) La investigación de cada accidente mortal ymedidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) díasde ocurrido.
r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes,incidentes y enfermedades ocupacionales.
r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridady Salud en el Trabajo.


s) Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimientode los acuerdos.t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria paraanalizar y evaluar el avance de los objetivos establecidosen el programa anual, y en forma extraordinaria paraanalizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan}



Los artículos de la norma en que se hace referencia a las obligaciones de la empresa con respecto al cómite de SST son

Art 38°.- El empleador debe asegurar, cuando corresponda, el establecimiento y el funcionamiento efectivo de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, el reconocimiento de los representantes de los trabajadores y facilitar su participación.

Art 44º.- Cuando el empleador cuente con varios centros de trabajo, cada uno de éstos puede contar con un Supervisor o Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en función al número de trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso. La elección de los miembros del Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo está sujeta al mismo procedimiento previsto para el Comité de Seguridad y Saluden el Trabajo, dentro del ámbito de su competencia

Art  46º.- El empleador debe proporcionar al personal que conforma el Comité de Seguridad y Saluden el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, una tarjeta de identificación o un distintivo especial visible, que acredite su condición.

Art 48º.- El empleador conforme lo establezca su estructura organizacional y jerárquica designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de dirección y confianza.


Art 66º.- Los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo deben recibir capacitaciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador, adicionales a las referidas en el inciso b) del artículo 35° de la Ley (que dice: Art.35. Responsabilidades del empleador dentro del sistema de GSST.-b) Realizar no menos de 04 capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el trabajo). Estas capacitaciones deberán realizarse dentro de la jornada laboral.


Art 67º.- Las reuniones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se realizan dentro de la jornada de trabajo. El lugar de reuniones debe ser proporcionado por el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas para el desarrollo de las sesiones.

Autor: Ana Quezada


viernes, 3 de abril de 2015

50 razones para hacer ejercicio

Taller INCOR: ¿Porqué debo de hacer Ejercicio?

 Yo cambio, tú cambias, si aun no encuentras la excusa para empezar a moverte aquí te dejo una lista de motivos por el cuál deberíamos de ejercitarnos a diario.


1. Mejora tu animo.
2. Mejora tus habilidades de aprendizaje.
3. Mejora tu autoestima.
4. Mantiene tu cerebro en forma.
5. Mantiene tu cuerpo saludable y capaz.
6. Mejora la salud mental.
7. Mejora tu sistema inmunológico.
8. Reduce el stress.
9. Te hace sentir feliz.
10. Tiene efectos anti-envejecimiento.

11. Mejora el tono de tu piel.
12. Te ayuda a dormir mejor.
13. Ayuda a prevenir ataques vasculares.
14. Mejora el funcionamiento de tus articulaciones.
15. Aumenta tu fuerza muscular.
16. Reduce la ansiedad.
17. Mejora tu memoria.
18. Ayuda a controlar las adicciones.
19. Mejora tu productividad.
20. Aumenta tu pensamiento creativo.

21. Mejora tu cuerpo.
22. Aumenta tu confianza.
23. Te mantiene más enfocado.
24. Mejora tus hábitos alimenticios.
25. Te da más longevidad.
26. Fortalece tus huesos.
27. Fortalece tu corazón.
28. Mejora tu postura.
29. Reduce tu riesgo de volverte diabético
30.Reduce la depresión.

Gestión de riesgos


SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

Suele ser una temática de la que siempre se suele hablar, el cuál se define como un conjunto de elementos interrelacionados con el objetivo  de establecer una política con el que se asegure la seguridad y la salud en el trabajador, con los mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos; contribuyendo a ofrecer buenas condiciones laborales, mejorando la calidad de vida, y con ello promover la competitividad de los empleadores en el mercado, como ya muchas empresas lo vienen siendo.


 De no contarse con la medidas preventivas adecuadas para promover y proteger la salud de los trabajadores, los costos de salud relacionados con el trabajo y el sufrimiento humano aumentarán.

Una estrategia que podría resultar de utilidad  para los empleadores, con el objeto de enfrentar las múltiples presiones en el lugar de trabajo y las repercusiones en la salud de los trabajadores es la aplicación de un modelo holístico para la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.


Básicamente un Sistema de Gestión comprende de 4 etapas:
  1. Planeación
  2. Impementación y Operación
  3. Verificación
  4. Mejora continua
Etapas están diseñadas con una estructura probada, que brindan a este sistema, un perfecto ciclo de mejora continua de las políticas implementada, así como los procedimientos y procesos adoptados por la organización; pues mientras este ciclo se repite de manera continua y periódicamente, se conseguirá una importante mejora, que a la larga convertirá en algo mas eficiente el Sistema de Gestión .



Base Legal:                    DECRETO SUPREMO Nº 009-2005-TR

Artículo 15.- 
La gestión de la seguridad y salud en el trabajo (GSST) es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización.

El empleador delegará las funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del SGSST, quien rendirá cuentas de sus acciones al empleador y/o autoridad competente, ello no lo exime de su deber de prevención y, de ser el caso, de resarcimiento.


Artículo 16.-
El empleador define los requisitos de competencia necesarios para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones para que todo trabajador de la organización esté capacitado para asumir deberes y obligaciones relativos a la seguridad y salud, debiendo establecer programas de capacitación y entrenamiento para que se logre y mantenga las competencias establecidas.



Artículo 17.- 
El empleador debe implementar los registros y documentación del SGSST, en función de sus necesidades.

Estos registros y documentos deben estar actualizados y a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente, respetando el derecho a la confidencialidad, siendo éstos:


  1. Registro de accidentes y enfermedades ocupacionales. 
  2. Registro de exámenes médicos. 
  3. Registro de las investigaciones y medidas correctivas adoptadas en cada caso. 
  4. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de riesgo ergonómicos. e) Registro de inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad. 
  5. Estadísticas de seguridad y salud. 
  6. Registro de incidentes y sucesos peligrosos. 
  7. Registro de equipos de seguridad o emergencia.
  8. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

                        
Artículo 18.-
Las empresas con 25 o más trabajadores deben constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual estará constituido en forma paritaria, es decir, con igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora.
 Artículo 19.-
Las empresas con menos de 25 trabajadores deben capacitar y nombrar, entre sus trabajadores de las áreas productivas, cuando menos un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Artículo 23.- 
El Comité de Seguridad y Salud, el Supervisor y todos los que participen en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud, deben contar con la autoridad que requiera para llevar a cabo adecuadamente sus funciones.

Artículo 24.- 
Las empresas con 25 o más trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mismo que debe contener:


  1. Objetivos y alcances.
  2. Liderazgo, compromisos y la política de seguridad y salud.
  3. Atribuciones y obligaciones del empleador, de los supervisores, del comité de seguridad y salud, de los trabajadores y de las empresas que les brindan servicios si las hubiera.
  4.  Estándares de seguridad y salud en las operaciones. 
  5. Estándares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas. 
  6. Estándares de control de los peligros existentes y riesgos evaluados. 
  7. Preparación y respuesta a emergencias. 


Artículo 25.-
Para mejorar el conocimiento sobre la seguridad y salud en el trabajo, el empleador deberá:

a) Facilitar a todo trabajador una copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. b) Capacitar al trabajador.
c) Asegurarse que lo ponga en práctica.
d) Elaborar un Mapa de Riesgos del centro de trabajo y exhibirlo en un lugar visible



REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29873


TÍTULO IV.- SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 

CAPÍTULO I

 Artículo 23.- Los empleadores que tienen implementados sistemas integrados de gestión o cuentan con certificaciones internacionales en seguridad y salud en el trabajo deben verificar que éstas cumplan, como mínimo, con lo señalado en la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables.

Artículo 24.- El empleador debe implementar mecanismos adecuados, que permitan hacer efectiva la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales en todos los aspectos a que hace referencia el artículo 19 de la Ley.


Autora: Ana Quezada

martes, 31 de marzo de 2015

" El cuerpo medico de mi fábrica es la sección  que me reporta más ganancias"                                              Henry Ford.


martes, 24 de marzo de 2015


El Estado ha obligado desde las épocas de gobiernos militares e incluso hasta el día de hoy, que muchos profesionales de la salud trabajen gratis para el estado, justificando la falta de presupuesto, nadie dice nada, nadie hace nada. Aceptamos las órdenes cuál cadete en formación, no señores ya no no hay servicio militar obligatorio.
Porque  los señores congresistas no reparan en esta situación sino que no hacen más que desfalcar las arcas del estado, y el gobierno nos engaña diciendo que NO HAY PRESUPUESTO, da vergüenza laborar en tales condiciones, exponiéndonos a grandes riesgos al viajar miles de nosotros, constantemente a diversas zonas agrestes ; y sobre todo que se vulnere sin reclamo alguno, el derecho de todos los ciudadanos peruanos. 

viernes, 20 de marzo de 2015

Resumen de Actividad Académica


Recientemente se llevó a cabo el simposio Salud Ocupacional donde se discutieron múltiples temas, aquí un breve resumen de los temas mencionados:

- Condiciones en que trabajamos
- El Perú no cuenta con estadísticas que reflejen la realidad actual: Acciones para el Cambio.
- Cómites de control no funcionan o tienen los elementos necesarios (RR.HH, financiamiento MEF, capacitaciones)
- La Salud Ocupacional como derecho; Implementación de Normativa en el Sector Salud
- Cómites fiscalizadores ¿Realidad o Engaño? ¿Quién es el responsable?

" Partiendo de la premisa: Los trabajadores no deben sentir que van a perder la Salud..." Pero sucede todo lo contrario , en el sector Salud y demás sectores ya se industrial, minería, pesquería,hidrocarburos,estamos siempre expuestos, y ese es el principal motivo que nos ha reunido.

¿Qué novedades tenemos para este 2015?

SISTEMA DE REGISTRO ÚNICO

Algo se ha hecho para no quedarnos en stand-by. Ya se cuenta con el REGISTRO ÚNICO APROBADO el Registro de Accidente Laboral, el mismo que es de carácter obligatorio a partir de los 120 días desde su publicación.



Contamos con dos formularios: 1° Accidentes de Trabajo Mortales, 2° Notificación de Accidentes No mortales y enfermedades Ocupacionales.
 Recuerden que para el 1° Formulario el plazo máximo es de 24 Hrs para los empleadores.

Para realizar el registro se debe de contar con el apoyo de los empleadores para así poder ingresar todos los datos correctamente, ya que todos los casilleros son de llenado obligatorio y no se pueden enviar si es que no son llenados absolutamente todos.

Art.110
En su modicatoria menciona: Los empleadores deben colaborar con el Centro Medico Asistencial, deben de facilitar su disposición, que es sumamente necesario para realizar la notificación oportuna.



En la exposición mencionaron que no hay excusas para las empresas en Lima, si es que ocurriera problemas con la electricidad o el Internet , se debe acudir a recursos útiles como las cabinas públicas, a excepción de  si el caso ocurriera en provincias.

Requerimientos:

-La plataforma sólo es útil para conección con Internet Explorer, versión  7 en adelante, no insistir con Google crome o Firefox.
- La Búsqueda se tiene que realizar con letras mayúsculas solamente: "SILICOSIS",
- Se puede imprimir el formulario una vez completado.
- No registrar dos veces el mismo accidente, como intención de asegurarse que este registrado.
-Si no se ha investigado el accidente y no se cuenta con el AGENTE CAUSANTE o no sé sabe clasifique dentro del item "OTROS".


MINISTERIO DE TRABAJO: NUEVA POLÍTICA NACIONAL

La representante del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONSSAT)
comentaba que dentro de lo que llaman Política Nacional se busca conseguir el fortalecimiento de las capacidades, generar estadísticas estimadas sustentadas, el fomento social de la Salud, ya que muchos trabajadores no cuentan con  el SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO, seguro que ofrece el estado a un módico costo.

Contamos ya con un Consejo Nacional y Regional de SST, en 9 regiones pero no significa que estén desarrollando su función, la excusa esta vez es el reciente relevo de goberantes a nivel regional, esto sucede en Cajamarca y la Selva peruana. 
Además ya cuentan con su Plan Nacional 2015 que se desarrollará en Lima, en provincia depende exclusivamente de los acuerdos que se realicen en la región.


Políticas en el Sector salud

 Dirección General de Salud Ambiental

El reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo no es aplicable en el Sector Salud debido a que no se cuenta con un presupuesto destinado a la ejecución del mismo. Sumándole que  no existe ente fiscalizador se generaba un ciclo vicioso: El Sector Salud no se preocupaba por cumplir la Ley y aplicar el reglamento, salvo excepciones como los Hospitales: Dos de Mayo, Casimiro Ulloa, Essalud,Almenara, Rebagliati, seguramente en muchos hospitales regionales tampoco se cuenta con presupuestos .
¿Porqué actualmente no hay políticas? Por ejemplo como el seguir usando termómetros de mercurio, cuando en países como Argentina,  Brazil, España, estos ya no se usan. Quizás los cambios empiecen por el sector privado, pero se debe ampliar al Sector Público cuanto antes.
En los hospitales se priorizan los riesgos biológicos , aunque se ha evidenciado por ejemplo, que en Hospital Sabogal existían problemas con los citotóxicos.



3 PILARES: PRESUPUESTO, VIGILANCIA y EVALUACIÓN

- Asegurar un presupuesto: Se deben establecer recursos financieros suficientes para los servicios de prevención, ya que las intervenciones en los puestos de trabajo son sumamente caras.
- Difundir en en el centro de trabajo las políticas de SST
- Evaluación (¿Cómo evaluamos a todos? aún es un dilema) pero lo que si es seguro es que para los próximos años seremos evaluados Internacionalmente exclusivamente en SST en Salud.






AUTOR: ANA QUEZADA

viernes, 13 de marzo de 2015

Historia de la Salud Ocupacional  en el Perú

Desde la colonia hasta la etapa Republicana se influyó el paso del Perú al proceso productivo Industrial.
En 1991 se dió la primera Ley sobre accidentes de Trabajo, Ley N° 1378 , considerada norma pionera en la región y avanzada para su época, dado que introdujo la teoría de la responsabilidad debido a riesgo. Por lo que los empresarios para cubrirse de esta responsabilidad aseguraban a sus trabajadors contratando desde esa fecha pólizas con seguros privados, esto duró 60 años.

En 1936 se creó el Seguro Social Obrero, el cuál tenía cobertura por enfermedad, maternidad , invalidez , vejez, muerte, pero no consideraba los accidentes ocupacionales.


En 1957 , el departamento de Higiene Industrial se transforma ene el Instituto de Salud Ocupacional (ISO), en este periodo se realizaron varios estudios de Investigación. El Instituto  fue el centro de la capacitación  Profesional Especializado en Latinoamerica. Por eso años después en 1985 se eleva a a la categoría de Instituto Nacional de Salud Ocupacional (INSO)
 
De 1990 a 1994 el INSO experimentó cambios relevantes , se integró a la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) durante esos años la salud Ocupacional fue minimizado.

Para el año 2001, mediante la RM. N°223-2001SA/DM, la direccion Ejecutiva de salud Ocupacional se integra en el R>eglamento de Organización y Funciones. En Julio del mismo año pasa a denominarse Instituto de Salud ocupacional "Alberto Hurtado Abadía"

En enero del 2002, se crea el Centro Nacional de Salud ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) como integrante de Instituto de Salud.


El año 2003 se le asignan funciones de Salud Ocupacional a las Direcciones de Salud y Direcciones de Redes de Salud, un años después, en el 2004 se constituyen las Unidades de Salud ocupacional  como componente organizacional de las Direcciones Ejecutivas de Salud Ambiental (DESAs), Dirección Regional (DIRESAa)y Dirección de Salud (DISA)

Finalmente en el año 2011 se aprueba la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, marcando con ello un hito en la temática de Salud Ocupacional al ser integrada a un Sistema de Gestión. Asimismo , la Ley ha sido REGLAMENTADA con el Decreto Supremo N°005-2012/TR.


Puede decirse que la Salud Ocupacional es percibida coo un pilar esencial en el desarrollo de un país: sus acciones se orientan a la Promoción y protección de la salud de los trabajadores así como la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades Ocupacionales debidas a condiciones de trabajo y riesgos ocupacionales en diversidades económicas.




domingo, 22 de febrero de 2015

Higiene Industrial: Agente Ocupacionales


RECONOCIMIENTO DE AGENTES OCUPACIONALES

Debemos de conocer los ambientes de cada puesto de trabajo,  donde  usualmente no sé nos es fácil el reconocimiento de estos agentes, así que es bueno observar cada área y enumerar los agentes que encontremos. 
HIGIENE INDUSTRIAL

Tiende al desarrollo de evaluaciones de riesgos fisicos,  químicos, biológicos, psicosociales de las condiciones de trabajo desde una óptica medica con fines preventivo.

Agentes Químicos:

Gaseosos
Sustancias constituidas por moléculas ampliamente dispersas  a la temperatura y presión ordinaria ocupando todo el espacio que lo contiene. Ejemplo: Sulfuro de hidrógeno, cianuro, amoníaco, Monóxido de carbono, Dióxido de azufre, Dióxido de Nitrógeno, Cloro, vapores de productos volátiles de Benzol, mercurio, alcohol metílico, disolventes orgánicos (acetona, cloroformo).

Polvo
Partículas sólidas  producidas por ruptura mecánica, ya sea por trituración , pulverización o impacto, en operaciones como molienda, perforación, esmerilado, lijado, dinamitar,etc. Silíceo, metales,no metales, sales, orgánico,etc



Humos
Partículas en suspensión  de sustancias sólidas, generalmente la formación de humos metálicos es a través del calentamiento de metales a altas temperaturas o en la fundición de metales tales como Óxidos de plomo, Mercurio , Zinc, Fierro. Ejemplo: Hollin de metales pesados.
Los humos de combustión Orgánica se producen por combustión de sustancias orgánicas.


Neblinas
Partículas líquidas que se originan en los procesos donde se evaporan grandes cantidades de líquidos. El tamaño de sus partículas es mayor de 10 u. Ejemplos: ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido crómico,etc.

Agentes Físicos:

- Comprenden campos de energía cuya incidencia sobre las personas pueden causar daños a la salud.

Vibraciones
 vibración mecánica que se trasmite al sistema articular de mano y brazo, supone riesgos para la salud y a seguridad de los trabajadores, en particular sistema ósteo articular, muscular, vascular y nervioso.


Ruido Ocupacional
Cualquier sonido indeseable que molesta  o que perjudica al oído.  Las vibraciones ingresan al oído


Éstres Térmico
El equilibrio calórico del cuerpo es una necesidad fisiológica de confort y salud. El calor liberado por algunos  procesos industriales  pueden originar problemas.


Calor: Industrias de Metalurgia, soldadura.
La zona de comodidad en verano está entre 19 y 24°C.

Frío: Frigóricos en Industrias Alimentarias.
La zona de comodidad en invierno queda entre 17 y 22°C.

Iluminación
Factor ambiental que tiene como finalidad el facilitar la visualización de modo que el trabajo se pueda realizar en condiciones aceptables de eficacia, comodidad y seguridad. La intensidad, calidad  y distribución de la iluminación natural y artificial en los establecimientos debe  ser adecuada al tipo de trabajo.

Agentes Biológicos:

- Animales y microorganismos, sean bacterias,hongos, protozoarios, virus u otros.


 Agentes Inanimados: productos animales como pelos, lanas, venenos, etc. productos vegetales como fibras, resinas,etc.


 Factores Psicosociales:

- Carga de trabajo
- Organización del tiempo de trabajo
- Estrés
- Mobbing
- Sindrome de Burnout



Todo trabajo demanda un esfuerzo mental, por tanto, su realización supone un desgaste. Esta demanda es clara en trabajos en que las personas deben aplicar mucho esfuerzo al interpretar datos,pero también se da en  "trabajos manuales". por consiguiente, se considera que un esfuerzo mental  en exceso o inadecuado, puede ocasionar un mayor riesgo , dado que además de elevarse la probabilidad de accidentes y enfermedades, generan bajas de productividad y mayor insatisfacción con el trabajo.

Para poder objetivar la dmenada del esfuerzo mental se debe considerar:
  • Cantidad y dispersión de la información recibida
  • Cualidades de la información: Grado de elaboración que requiere , complejidad de los razonamientos para aplicarla, coherencia.
  • El nivel de atención y concentración demandada.
  • La rapidez de respuesta demandada.
  • El grado de libertad en la toma de decisiones.
  • Retroalimentación sobre los resultados.
Sin embargo , no existe una legislación aplicable para prevenir los riesgos derivados del esfuerzo mental.



jueves, 19 de febrero de 2015

Indicadores de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

Los indicadores buscan reflejar una situación determinada. Un indicador es una relación entre variables cuantitativas o cualitativas que permite observar la situación y las tendencias de cambios generadas en el objeto o fenómeno observado, en relación con objetivos y metas previstas e impactos esperados. Estos indicadores pueden ser valores, unidades, índices, series estadísticas, etc. Son las herramientas fundamentales de la evaluación.

Los indicadores son útiles para varios fines:
  • - Evaluar la gestión
  • - Identificar oportunidades de mejoramiento
  •  - Adecuar a la realidad objetivos, metas y estrategias
  • - Sensibilizar a las personas que toman decisiones y a quienes son objeto de las mismas, acerca de las bondades de los programas
  • - Tomar medidas preventivas a tiempo
  • - Comunicar ideas, pensamientos y valores de una manera resumida: "medimos lo que valoramos y valoramos lo que medimos"
Un indicador aislado, obtenido una sola vez, puede ser de poca utilidad. En cambio, cuando se analizan sus resultados a través de variables de tiempo, persona y lugar; se observan las tendencias que el mismo puede mostrar con el transcurrir del tiempo y se combina con otros indicadores apropiados, se convierten en poderosas herramientas de gerencia, pues permiten mantener un diagnóstico permanentemente actualizado de la situación, tomar decisiones y verificar si éstas fueron o no acertadas.

Indicadores de Seguridad y Salud en el Trabajo


Los indicadores de seguridad y salud en el trabajo constituyen el marco para evaluar hasta qué punto se protege a los trabajadores de los peligros y riesgos relacionados con el trabajo. Estos indicadores son utilizados por empresas, gobiernos y otras partes interesadas para formular políticas y programas destinados a prevenir lesiones, enfermedades y muertes profesionales, así como para supervisar la aplicación de estos programas y para indicar áreas particulares de mayor riesgo, tales como ocupaciones, industrias o lugares específicos. Entre estos indicadores se incluyen:
  • Indicadores de resultados: número de lesiones y enfermedades profesionales, número de trabajadores afectados y número de días de trabajo perdidos.
    • Accidentes mortales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Accidentes:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Accidentes:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Accidentes:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Enfermedades ocupacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Enfermedades ocupacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Enfermedades relacionadas al trabajo:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Enfermedades relacionadas al trabajo:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Exámenes médicos ocupacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Exámenes médicos ocupacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Exámenes médicos ocupacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • No conformidades:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Incidentes e incidentes peligrosos:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Programa anual SST:
    • indicadores-de-resultados.jpg
  • Indicadores de capacidad y competencia: número de inspectores o profesionales de la salud que se ocupan de la seguridad y la salud en el trabajo.
    • Incidentes e incidentes peligrosos:
    • indicadores-de-resultados.jpg
  • Indicadores de actividades: número de días de formación, número de inspecciones.
    • Capacitación:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Capacitación:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Capacitación:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Monitoreos de higiene ocupacional:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Controles operacionales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Simulacros de emergencias:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Comité SST:
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Requisitos legales:
    • indicadores-de-resultados.jpg
  • Indicadores reactivos: Entre los indicadores de resultado más utilizados tenemos a los índices de accidentalidad. Mediante los índices estadísticos que a continuación se relacionan se permite expresar en cifras relativas las características de accidentalidad de una empresa, o de las secciones, centros, etc., de la misma, facilitándonos unos valores útiles que nos permiten compararnos con otras empresas, con nosotros mismos o con el sector.
    • Indice de Frecuencia (I.F):
      En este índice debe tenerse en cuenta que no deben incluirse los accidentes initínere (ida y retorno al centro de trabajo) ya que se han producido fuera de las horas de trabajo.
      Deben computarse las horas reales de trabajo, descontando toda ausencia en el trabajo por permiso, vacaciones, baja por enfermedad, accidentes, etc.
      Dado que el personal de administración, comercial, oficina técnica, etc., no está expuesto a los mismos riesgos que el personal de producción, se recomienda calcular los índices para cada una de las distintas unidades de trabajo.
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Indice de Gravedad (I.G):
      Este índice representa el número de jornadas pérdidas por cada millón de horas trabajadas.
      Las jornadas pérdidas o no trabajadas son las correspondientes a incapacidades temporales, más las que se fijan en el baremo para la valoración del IG de los accidentes de trabajo según la pérdida de tiempo inherente a la incapacidad causada.
      En las jornadas de pérdida deben contabilizarse exclusivamente los días laborales. Los días cargados se pueden extraerse de la norma ANSI Z16.l-1973.
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Indice de Incidencia (I.I):
      Este asimismo puede expresarse en % (10 al cuadrado); en este caso representa el número de accidentes ocurridos por cada 100 trabajadores.
      Este índice es un parámetro claro e intuitivo para la dirección y trabajadores de una empresa, sin embargo no permite comparación directa con periodos diferentes (mes, trimestre, año), por ello si el periodo a analizar es inferior a un año, se debe emplear la siguiente expresión:
      En las jornadas de pérdida deben contabilizarse exclusivamente los días laborales. Los días cargados se pueden extraerse de la norma ANSI Z16.l-1973.
      Donde Nº = (número de siniestros al mes N x 12) / número de meses.
    • indicadores-de-resultados.jpg
    • Por ejemplo para calcular el II de una empresa que en Enero ha tenido un accidente, tenemos que extrapolar este dato a Diciembre por lo que suponiendo que sigue esa misma progresión, tendrá 12 accidentes en el año (1 accidente x 12 / 12). Este II extrapolado a diciembre nos permitirá compararnos por ejemplo con el II del año anterior.